¿Sabías que a nivel legislativo tenemos definidos los tipos de alimentos que podemos encontrar? Están definidos en el Decreto 2484/1967, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el texto del Código Alimentario Español. - Productos dietéticos y de régimen. Son los alimentos elaborados según fórmulas autorizadas, adecuados a satisfacer necesidades nutritivas especiales del hombre. Ej: productos para bebés que estén en fase de lactancia, en los que sea adecuan las formulaciones a los requerimientos de esa etapa. O los productos alimentarios ricos en proteínas y otros nutrientes específicamente diseñados pasa pacientes con deficiencias alimentarias que no pueden abordar con una dieta normal. - Productos sucedáneos. Tendrá esta consideración todo producto que, sin fines engañosos o fraudulentos y con expresa declaración de la finalidad perseguida, pretenda sustituir en todo o en parte a un alimento. Ej: Las "leches" vegetales , que pretenden serlo y sustitui